El Consejo Superior aprobó el ingreso irrestricto a la UNLP

16 diciembre, 2015

En la sesión de esta mañana, el Consejo Superior de la UNLP aprobó por unanimidad, ante la ausencia de los consejeros de la Facultad de Medicina, el proyecto de Ordenanza que determina el régimen de ingreso a las carreras de la casa de estudios platense. La norma se ajusta a lo dispuesto por la recientemente aprobada Ley 27.204, que modificó  el texto del artículo 50 de la Ley 24.521 de Educación Superior, devolviendo a las instituciones universitarias la facultad de dictar sus normas sobre regularidad en los estudios, incluyendo los regímenes de ingreso. Cabe recordar que, en su antigua redacción, la Ley de Educación Superior establecía que, en Universidades con más de 50 mil estudiantes, el régimen de admisión, permanencia y promoción de los estudiantes era definido a nivel de cada Facultad.

Según explicaron desde el Rectorado, la ordenanza aprobada esta mañana fija un marco regulatorio dentro del cual las Facultades podrán estructurar sus cursos nivelatorios, respetando siempre el carácter libre e irrestricto del ingreso.

En su artículo 2º, la nueva norma de la UNLP establece claramente los principios a los que deberán ajustarse a partir de ahora los sistemas de ingreso de cada una de las unidades académicas:

* No podrán tener carácter selectivo, excluyente o discriminador

* Serán estructurados en forma tal que, a su terminación, permitan al alumno incorporarse a cursar las materias correspondientes al primer año de la carrera desde el comienzo del mismo ciclo lectivo de su año de ingreso.

* Tendrán como objetivos generales brindar herramientas para la integración plena a la vida universitaria y a las características de la carrera elegida.

La ordenanza será aplicable para el ciclo lectivo 2016 y establece que los alumnos inscriptos serán considerados alumnos regulares de la respectiva Facultad desde el momento de la formalización de la inscripción.

(Fuente: www.unlp.edu.ar)


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