Beneficio para inundados

15 mayo, 2013

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires publicó en su página de internet la Resolución, que establece la exención de oficio del Impuesto Inmobiliario para 140 mil partidas de La Plata, Berisso, Ensenada, San Martín, Vicente López y La Matanza que fueron damnificadas por las inundaciones del 2 de abril pasado.

La medida rige para las cuotas 2, 3, 4 y 5 de 2013, es decir que abarca casi la totalidad del año. No se incluye la cuota 1 puesto que venció en febrero, casi dos meses antes del temporal. Los beneficiados no precisan realizar ningún trámite, ya que la medida rige de oficio.

A aquellos contribuyentes que hubiesen abonado el Impuesto Inmobiliario de la Planta Urbano Edificada en forma anual, la Agencia de Recaudación les aplicará una compensación bonificando cuotas del año 2014. Asimismo, en caso de que algún vecino que haya sido afectado por las inundaciones no se encuentre incluido dentro de la exención de oficio, deberá presentar ante Arba un certificado emitido por autoridades competentes, de jurisdicción nacional, provincial o municipal, para acreditar los perjuicios en su inmueble y ser sumado al beneficio.

En relación al Impuesto a los Automotores, cabe destacar que los contribuyentes con vehículos afectados podrán tramitar las exenciones una vez que resulte aplicable la Ley que sancionó recientemente la Legislatura.


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